mayorazgo.(De mayoradgo).
1. m. Institución del derecho civil, que por las leyes de desvinculación del siglo XIX quedó circunscrita en España a títulos y derechos honoríficos, y que tiene por objeto perpetuar en la familia la propiedad de ciertos bienes con arreglo a las condiciones que se dicten al establecerla, o, a falta de ellas, a las prescritas por la ley.