Yo creo que solo puede OTORGAR la persona que es dueña de lo que el OTORGA, juridicamente algunos abogados confunde OTORGAR con DELEGAR y eso es una aberracion. Solo el PODERDANTE puede otorgar y el Mandatario podra otorgar poder pero para que lo representen a el, pero no a su mandante. Es decir no puede delegar la representacion que le otorgaron a el a menos que asi lo exprese el mandante.
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