Markel García
derecho colaborativo 191
El derecho colaborativo consiste en una metodología novedosa encaminada en alcanzar soluciones extrajudiciales ante conflictos entre partes, intermediando aquéllos profesionales que el conflicto requiera ( abogados, arquitectos, psicológos,....), todos ellos con un nivel alto de especialización, implicación y compromiso en lograr la solución más satisfactoria para ambas partes.
La nota característica del derecho colaborativo se halla en el compromiso firme de las partes y de los profesionales intervinientes de no acudir a los Tribunales para resolver la cuestión que les enfrente, incluidos los abogados, implicándose al máximo en alcanzar una solución amistosa al problema la cual garantice los intereses de cada uno, apartándose en caso de que finalmente se judicializará el asunto.
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