DISPOSITIVO MÉDICO de Medical device, en inglés. Aunque es de caracter universal, y la definición cuadrará con la de muchos sino todos los paises del mundo, pondré lo que dice la ley chilena: Cualquier instrumento, aparato, aplicación, material o artículo, incluyendo software, usados solos o en combinación y definidos por el fabricante para ser usados directamente sobre seres humanos, siempre que su acción principal prevista
sobre el cuerpo humano no se alcance por medios farmacológicos, inmunológicos o metabólicos, aunque puedan concurrir tales medios a su función; con el propósito de diagnóstico, prevención, seguimiento o alivio
de una enfermedad, daño o discapacidad; de investigación, de reemplazo o modificación de la anatomía de un proceso fisiológico o de regulación de la concepción.
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Usado así en Chile
"El DIU es un dispositivo médico anticonceptivo."