Permuta.- Es un contrato por virtud del cual cada uno de los contratantes se obliga a dar una cosa por otra. La permuta además de ser un antecedente de la compraventa, es un contrato oneroso, bilateral, principal, generalmente conmutativo, pero puede llegar a ser un contrato aleatorio, porque es posible cambiar una cosa presente, por otra futura, tomando el permutante el riesgo de que no llegue a existir. Es generalmente instantánea, pero puede ser de tracto sucesivo, pues puede cambiarse una cosa por prestaciones periódicas consistentes en frutos o productos que entrega el otro permutante. La permuta es además real y consensual y excepcionalmente formal.