residenciar. 1. tr. Dicho de un juez: Tomar cuenta a otro, o a otra persona que ha ejercido cargo público, de la conducta que en su desempeño ha observado. 2. tr. Pedir cuenta o hacer cargo en otras materias.
1. tr. Dicho de un juez: Tomar cuenta a otro, o a otra persona que ha ejercido cargo público, de la conducta que en su desempeño ha observado.
2. tr. Pedir cuenta o hacer cargo en otras materias.